Conagua define reglas para proteger el agua en fracking

30 / AGO / 2017
Regulación

 

Redacción / Energía a Debate

 

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) publica hoy los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales.

 

Dichos Lineamientos, aplicables a la actividad conocida como fracking para producir petróleo y gas en lutitas (shales), tienen por objeto establecer las disposiciones de carácter general y los requisitos que, en materia de protección y conservación de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, deberán cumplir los sujetos regulados en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales. Para estos efectos, aplicarán las definiciones previstas en la Ley de Aguas Nacionales, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), la Ley de Hidrocarburos, sus reglamentos, así como las demás disposiciones normativas de carácter general que resulten aplicables.

 

Conagua define reglas para proteger el agua en fracking

 

El artículo 16 de los Lineamientos publicados hoy señala que, durante la realización de actividades de exploración y extracción de hidrocarburos de los yacimientos no convencionales, los regulados deberán de prevenir la infiltración de sustancias contaminantes al subsuelo y los acuíferos mediante la instalación de capas impermeables que aislen el terreno en los sitios de perforación y en las áreas de los depósitos y almacenes de fluídos y aditivos. Dichas capas deberán ser de material sintético, impermeable, resistente al sol, hidrocarburos, sales, soluciones ácidas y alcalinas.

 

A su vez, el artículo 17 mandata que, con el objetivo de proteger la calidad del agua subterránea, en cada área de extracción los regulados deberán construir un pozo de exploración hidrogeológica, cuya profundidad será fijada por la Comisión considerando los resultados de las exploraciones de los regulados. La información obtenida en los pozos de exploración hidrogeológica, relativa al espesor y litología de los acuíferos, deberá tomarse en cuenta en el diseño de los pozos de extracción.

 

Consulte los Lineamientos en el Diario Oficial aquí.