Emite CNH fallo de ganadores de Rondas 2.2 y 2.3

14 / JUL / 2017
Petróleo

La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) informó que en el marco de la 33ª Sesión Extraordinaria de 2017, su órgano de gobierno emitió el fallo respectivo por el que se declara la adjudicación de los contratos a cada ganador y segundo lugar (si lo hubo) de las licitaciones segunda y tercera de la Ronda 2, cuyos actos de presentación y apertura de propuestas se celebraron el pasado 12 de julio.

La CNH explicó que en la segunda licitación de la Ronda 2 se adjudicaron siete contratos de las 10 áreas contractuales ubicadas en campos terrestres incluidas en esta licitación pública internacional. Se trata, dijo, de contratos de producción compartida para la exploración y extracción de hidrocarburos.

Con base en el acta del acto de presentación y apertura de propuestas, la coordinadora del Comité Licitatorio, Yara Cyntia Gual Ángeles, presentó al órgano de gobierno los siguientes resultados:

Emite CNH fallo de ganadores de Rondas 2.2 y 2.3

Por lo que respecta a la tercera licitación de la Ronda 2, se adjudicaron 14 contratos de las 14 áreas contractuales ubicadas en campos terrestres incluidas en esta licitación pública internacional.

Con base en el acta del acto de presentación ya apertura de propuestas, el coordinador del Comité Licitatorio, Martín Álvarez Magaña, presentó al órgano de gobierno los siguientes resultados:

Emite CNH fallo de ganadores de Rondas 2.2 y 2.3

La CNH, asimismo, especificó que conforme a las Bases establecidas en ambas licitaciones, los ganadores deberán suscribir el contrato correspondiente a cada área contractual y entregar las respectivas garantías dentro de los 140 días naturales siguientes a la publicación del fallo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que surte efecto a partir de su publicación en el DOF.

La dependencia también advirtió que, en caso de que los respectivos ganadores de cada área contractual no firmen el contrato correspondiente por causas imputables a ellos mismos en el plazo establecido para ello, u omitan presentar la documentación solicitada, no podrán suscribir el contrato (numerales 22.4 y 22.6, respectivamente, Sección III de las Bases), y, en su caso, se podrá adjudicar el contrato al licitante declarado como segundo lugar.